Preguntas frecuentes
¿En qué bolsa de valores cotizan las acciones de Cerro Verde?
Las acciones de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. Cotizan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL), bajo el nemónico CVERDEC1.
¿Cómo puedo adquirir acciones de Cerro Verde?
Las operaciones de compra y venta de acciones se realizan a través de Sociedades Agentes de Bolsa (SAB), entidades debidamente autorizadas y supervisadas para intermediar en el mercado de valores.
Para ello, el inversionista debe elegir una SAB de su preferencia. Esta procederá con la apertura de un Registro Único de Titular (RUT), donde se registrarán sus operaciones, además de y asignarle un representante bursátil que brindará orientación durante el proceso de inversión. Cerro Verde no recomienda ni sugiere ninguna SAB en particular.
No existe un monto mínimo para invertir; sin embargo, cada operación realizada a través de una SAB está sujeta al cobro de comisiones y demás costos aplicables.
Para ello, el inversionista debe elegir una SAB de su preferencia. Esta procederá con la apertura de un Registro Único de Titular (RUT), donde se registrarán sus operaciones, además de y asignarle un representante bursátil que brindará orientación durante el proceso de inversión. Cerro Verde no recomienda ni sugiere ninguna SAB en particular.
No existe un monto mínimo para invertir; sin embargo, cada operación realizada a través de una SAB está sujeta al cobro de comisiones y demás costos aplicables.
¿Cómo puedo obtener información financiera de Cerro Verde?
Puede acceder a la información financiera trimestral y anual de Cerro Verde a través de las secciones "Resultados trimestrales" y "Reportes anuales” de nuestra página web. Asimismo, puede solicitar información escribiendo al correo electrónico: vriveras@fmi.com
¿Cómo y cuándo puedo cobrar los dividendos pagados?
Los dividendos se pagan a partir de la fecha de pago establecida en el acuerdo correspondiente.
En el caso de accionistas que cuenten con acciones físicas, el cobro puede realizarse en ventanilla de cualquier agencia del Banco de Crédito del Perú (BCP) a nivel nacional, previa identificación con documento de identidad. Alternativamente, si el accionista ha comunicado previamente una cuenta bancaria, el pago se realizará mediante abono en dicha cuenta.
En el caso de acciones desmaterializadas, registradas en anotaciones en cuenta a través de CAVALI y administradas por una Sociedad Agente de Bolsa (SAB), el pago de los dividendos se efectuará por intermedio de dichas instituciones.
En el caso de accionistas que cuenten con acciones físicas, el cobro puede realizarse en ventanilla de cualquier agencia del Banco de Crédito del Perú (BCP) a nivel nacional, previa identificación con documento de identidad. Alternativamente, si el accionista ha comunicado previamente una cuenta bancaria, el pago se realizará mediante abono en dicha cuenta.
En el caso de acciones desmaterializadas, registradas en anotaciones en cuenta a través de CAVALI y administradas por una Sociedad Agente de Bolsa (SAB), el pago de los dividendos se efectuará por intermedio de dichas instituciones.
¿Qué debo hacer si mis dividendos fueron devueltos a Cerro Verde (emisor)?
El plazo para gestionar el cobro de los dividendos es de 120 días contados desde la fecha de pago. Si el dividendo no es cobrado dentro de dicho plazo, este será devuelto a Cerro Verde, como emisor.
En caso haya vencido el plazo señalado y los dividendos ya no se encuentren disponibles para su cobro a través del Banco de Crédito del Perú (BCP) o de la Sociedad Agente de Bolsa (SAB) correspondiente, el accionista deberá gestionar el cobro mediante una solicitud dirigida a Cerro Verde, conforme a los requisitos establecidos, los cuales se encuentran disponibles en el siguiente enlace: (link de procedimiento para el cobro de dividendos)
En caso haya vencido el plazo señalado y los dividendos ya no se encuentren disponibles para su cobro a través del Banco de Crédito del Perú (BCP) o de la Sociedad Agente de Bolsa (SAB) correspondiente, el accionista deberá gestionar el cobro mediante una solicitud dirigida a Cerro Verde, conforme a los requisitos establecidos, los cuales se encuentran disponibles en el siguiente enlace: (link de procedimiento para el cobro de dividendos)
¿El derecho a cobrar los dividendos caduca?
Sí. De conformidad con lo establecido en el artículo 232 de la Ley General de Sociedades (Ley N° 26887), el derecho de los accionistas a cobrar dividendos caduca a los 10 años en el caso de las sociedades anónimas abiertas, como es el caso de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
¿Cuál es el procedimiento a seguir cuando un accionista fallece?
En caso de fallecimiento de un accionista, el procedimiento para el cambio de titularidad de las acciones dependerá del tipo de acciones que este poseía:
a) Acciones desmaterializadas Si el accionista fallecido era titular de acciones desmaterializadas, administradas a través de una Sociedad Agente de Bolsa (SAB), el cambio de titularidad deberá gestionarse directamente ante dicha institución, de acuerdo a sus procedimientos.
b) Acciones físicas Si el accionista fallecido era titular de acciones físicas, el cambio de titularidad deberá solicitarse mediante una comunicación dirigida a la Dra. Julia Johanna Torreblanca Marmanillo, Vicepresidente Senior de Asuntos Corporativos de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., acompañada de la documentación correspondiente.
La solicitud podrá presentarse en cualquiera de las siguientes direcciones:
Lima
Credicorp Capital Servicios Financieros S.A.
Gerencia de Operaciones - Departamento de Registro de Acciones
Centro Empresarial Cronos
Av. El Derby 055, Torre 4, Piso 10, Santiago de Surco - Lima
Horario: lunes a viernes, 09:00 a.m. - 05:00 p.m.
Contacto: Pamela Concha Fernández / Giulia Buiza
Arequipa
Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
Av. Alfonso Ugarte N.º 304, Arequipa - Arequipa
Horario: lunes a viernes, 07:30 a.m. - 12:30 p.m. y 01:00 p.m. - 04:30 p.m.
(Es obligatorio identificarse con documento de identidad).
Documentación requerida
1. Solicitud con firma legalizada suscrita por todos los herederos.
2. Copia simple del testamento inscrito en SUNARP (de corresponder).
3. Si no existe testamento:
• Acta Notarial de Sucesión Intestada inscrita en SUNARP; o
• Copia certificada de la resolución judicial de sucesión inscrita en SUNARP.
1. Copia literal actualizada de la partida registral donde conste la sucesión o testamento (antigüedad no mayor a 30 días).
2. Escritura Pública de división y partición que indique el número de acciones para cada heredero.
3. Copia simple de la Partida de Defunción del titular.
4. Copia legalizada de los documentos de identidad de los herederos.
5. Entrega de los certificados físicos de acciones en original.
a) Acciones desmaterializadas Si el accionista fallecido era titular de acciones desmaterializadas, administradas a través de una Sociedad Agente de Bolsa (SAB), el cambio de titularidad deberá gestionarse directamente ante dicha institución, de acuerdo a sus procedimientos.
b) Acciones físicas Si el accionista fallecido era titular de acciones físicas, el cambio de titularidad deberá solicitarse mediante una comunicación dirigida a la Dra. Julia Johanna Torreblanca Marmanillo, Vicepresidente Senior de Asuntos Corporativos de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., acompañada de la documentación correspondiente.
La solicitud podrá presentarse en cualquiera de las siguientes direcciones:
Lima
Credicorp Capital Servicios Financieros S.A.
Gerencia de Operaciones - Departamento de Registro de Acciones
Centro Empresarial Cronos
Av. El Derby 055, Torre 4, Piso 10, Santiago de Surco - Lima
Horario: lunes a viernes, 09:00 a.m. - 05:00 p.m.
Contacto: Pamela Concha Fernández / Giulia Buiza
Arequipa
Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.
Av. Alfonso Ugarte N.º 304, Arequipa - Arequipa
Horario: lunes a viernes, 07:30 a.m. - 12:30 p.m. y 01:00 p.m. - 04:30 p.m.
(Es obligatorio identificarse con documento de identidad).
Documentación requerida
1. Solicitud con firma legalizada suscrita por todos los herederos.
2. Copia simple del testamento inscrito en SUNARP (de corresponder).
3. Si no existe testamento:
• Acta Notarial de Sucesión Intestada inscrita en SUNARP; o
• Copia certificada de la resolución judicial de sucesión inscrita en SUNARP.
1. Copia literal actualizada de la partida registral donde conste la sucesión o testamento (antigüedad no mayor a 30 días).
2. Escritura Pública de división y partición que indique el número de acciones para cada heredero.
3. Copia simple de la Partida de Defunción del titular.
4. Copia legalizada de los documentos de identidad de los herederos.
5. Entrega de los certificados físicos de acciones en original.
¿Cómo puedo conocer más sobre los aportes, proyectos sociales y
compromiso de Cerro Verde con Arequipa y el Perú?
compromiso de Cerro Verde con Arequipa y el Perú?
Puede conocer más sobre los aportes, proyectos sociales y el compromiso de Cerro Verde con el desarrollo sostenible de Arequipa y del país a través de los siguientes espacios de nuestra página web, contenidos audiovisuales y redes sociales oficiales: